La legalidad del tintado de las luces traseras en los vehículos

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Descubre en este artículo todo lo que necesitas saber sobre la legalidad del tintado de las luces traseras en los vehículos. Aclaramos las dudas y te contamos las implicaciones de esta modificación en la normativa vigente. ¡Sigue leyendo en Almauto!

Los Cristales Permitidos para Tintar en España

Los Cristales Permitidos para Tintar en España

En España, la normativa sobre tintado de lunas en vehículos está regulada por el Real Decreto 2822/1998. Según esta normativa, se permiten diferentes porcentajes de opacidad en los cristales de los vehículos, dependiendo de la zona del vehículo en la que se encuentren.

A continuación se detallan los porcentajes de opacidad permitidos en los cristales de los vehículos en España:

  • **Cristal del Parabrisas**: El tintado en el cristal del parabrisas está prohibido, excepto en una franja superior de 10 cm.
  • **Cristales Laterales delanteros**: En los cristales laterales delanteros, se permite un tintado que no reduzca la visibilidad en más de un 70%.
  • **Cristales Laterales Traseros**: En los cristales laterales traseros, se permite un tintado que no reduzca la visibilidad en más de un 70%.
  • **Cristal Trasero**: En el cristal trasero, se permite un tintado que no reduzca la visibilidad en más de un 70%.

Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de estas normativas puede conllevar sanciones por parte de las autoridades competentes, por lo que es fundamental asegurarse de cumplir con la normativa vigente en materia de tintado de lunas en vehículos en España.

¡Sé legal y sigue brillando! ¡No te la juegues con la ley y mantén tus luces traseras dentro de la normativa! ¡Hasta la próxima, amigos de Almauto!

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